Descubre qué es la tokenización de acciones, cómo funciona y las diferencias con las acciones tradicionales. Guía esencial para traders interesados en invertir en activos digitales.
IMPUESTOS SOBRE CRIPTOMONEDAS EN PERÚ
En Perú, las criptomonedas han ganado terreno como medio de inversión, ahorro y transacción digital. Pero a medida que crece su uso, también lo hace la atención de la SUNAT. Aunque aún no existe una ley específica que regule los criptoactivos, la administración tributaria ya tiene criterios claros sobre cómo deben tributar las personas naturales, empresas y traders que operan con monedas digitales. Esta guía completa explica cómo se grava cada tipo de actividad: compra-venta, minería, staking, pagos en cripto y hasta el uso de stablecoins. Además, te damos herramientas para declarar correctamente tus ganancias, evitar sanciones, y mantener tus finanzas alineadas con la normativa vigente. Si usas cripto en Perú, esta es la lectura que necesitas.

Clasificación de criptomonedas y criterios fiscales de SUNAT
¿Qué considera SUNAT como criptoactivo?
Según la SUNAT, los criptoactivos no son moneda de curso legal ni instrumentos financieros, pero sí son activos intangibles con valor económico. Esta definición abre la puerta a que se graven como bienes, dependiendo del tipo de operación que se realice. La entidad distingue entre operaciones ocasionales y habituales, lo cual determina si tributas como persona natural o como empresa.
El tipo de renta aplicable puede ser de segunda categoría (ganancias de capital) o de tercera categoría (renta empresarial). SUNAT también fiscaliza actividades asociadas como minería, staking, farming y cualquier forma de generar rendimiento con cripto, incluso si no se convierte en soles peruanos.
Tipos de operaciones gravadas
Las operaciones que pueden generar renta gravada en Perú incluyen:
Venta de criptomonedas con ganancia (trading o holding).
Intercambio cripto-cripto si hay ganancia (swap).
Pago recibido por productos o servicios en criptomonedas.
Generación de tokens por minería, staking o farming.
Uso de cripto para adquirir bienes tangibles (compra indirecta).
Cada uno de estos casos tiene un tratamiento fiscal distinto que depende de la frecuencia, el volumen, el perfil del contribuyente y el momento del reconocimiento contable. No importa si usas exchanges descentralizados o si tus wallets están en el extranjero: SUNAT puede pedir justificación documental si detecta movimientos relevantes.
Stablecoins, NFTs y tokens: ¿tributan igual?
Sí. Las stablecoins (como USDT, USDC, DAI) también están sujetas a declaración si generan ganancia al cambiarse por otra moneda o por soles. Lo mismo ocurre con los NFTs si se venden a precios superiores a su valor de adquisición. Los utility tokens, si son intercambiables o valorizables, también pueden generar renta de segunda o tercera categoría.
SUNAT todavía no ha emitido una norma específica sobre DeFi, pero se presume que ingresos por lending, pools de liquidez o farming generan renta gravada, en función del beneficio obtenido. La clave está en si hay un rendimiento económico que incrementa tu patrimonio.
Cómo declarar impuestos sobre criptomonedas
Ganancias de capital y renta de segunda categoría
Si eres persona natural y realizas operaciones ocasionales de compra y venta de criptomonedas, debes tributar por ganancia de capital, es decir, renta de segunda categoría. La tasa es del 5% sobre la utilidad neta. El cálculo se basa en la diferencia entre el precio de adquisición y el de venta, convertido a soles al tipo de cambio oficial de SUNAT en cada fecha.
Este tipo de declaración se realiza anualmente en la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta. No es obligatorio declarar cada transacción si no hubo ganancia, pero sí debes conservar toda la documentación. Si haces muchas operaciones, puedes presentar una declaración sustitutoria consolidada con la sumatoria neta anual.
Renta de tercera categoría: trading habitual o empresas
Si haces trading frecuente o generas ingresos recurrentes con cripto (más de 10 operaciones al mes, por ejemplo), SUNAT puede considerar que tienes una actividad empresarial. En este caso, tributas bajo el régimen de tercera categoría, con una tasa del 29.5% sobre la utilidad neta, y debes llevar libros contables, emitir comprobantes electrónicos si vendes servicios, y pagar IGV si corresponde.
Si tu empresa recibe pagos en criptomonedas, debe registrarlos como ingresos en soles según su valor al momento de la transacción. También deberás declarar la diferencia como utilidad si luego vendes esas criptomonedas a un precio mayor.
Deberás presentar PDT 621 y libros contables mensuales.
Puedes deducir costos operativos y gastos asociados.
Debes emitir facturas electrónicas si vendes productos o servicios.
Estás sujeto a pagos a cuenta mensuales.
Puedes optar por el Régimen MYPE si tu ingreso anual no supera 1,700 UIT.
Declaración de minería, staking y otras formas de ingreso
Las actividades como minería, staking, farming y lending se consideran generadoras de renta. En la minería, el valor del token minado al momento de ser generado se registra como ingreso bruto. Si luego se vende a mayor precio, la diferencia se declara como ganancia adicional.
En el caso del staking, cada “reward” recibido debe valorizarse al tipo de cambio SUNAT del día. Si haces farming en DeFi y obtienes intereses o tokens adicionales, estos también están gravados. La dificultad radica en llevar registro exacto, por lo que se recomienda usar plataformas como Koinly, CoinTracking o Accointing.
Fiscalización, multas y buenas prácticas para 2025
Riesgos tributarios y sanciones de SUNAT
Desde 2023, SUNAT ha mejorado sus capacidades tecnológicas para detectar movimientos no bancarizados, operaciones con criptomonedas y flujos internacionales. Colabora con redes de información tributaria como el CRS (Common Reporting Standard) y puede solicitar datos a exchanges internacionales si hay indicios de evasión.
Las sanciones por omitir declaraciones o falsear información pueden incluir multas de hasta el 50% del impuesto omitido, intereses moratorios diarios, y en casos extremos, procesos penales por defraudación tributaria. Incluso el uso de exchanges P2P no exime de responsabilidad si los fondos no pueden ser justificados.
Recomendaciones clave para contribuyentes cripto
Para evitar problemas fiscales, lo ideal es actuar con total transparencia. Mantén un archivo actualizado con los siguientes elementos:
Historial de operaciones en cada exchange (CSV o PDF).
Capturas de pantalla de wallets y transferencias.
Bitácora de cada swap o inversión DeFi.
Tipo de cambio SUNAT aplicado por operación.
Constancia de ingresos si aceptas cripto como pago.
Además, si estás iniciando un negocio basado en cripto (consultoría, educación, minería, NFT, etc.), asesórate para elegir el mejor régimen tributario. Un error común es asumir que si no se retira a soles, no se genera renta. SUNAT considera la valorización en el momento en que recibes el beneficio económico, no cuando lo liquidas.
Tendencias regulatorias y qué esperar
Aunque Perú aún no tiene una ley específica sobre criptomonedas, ya existen iniciativas en el Congreso que buscan regular exchanges, establecer licencias de operación, y definir estándares AML/KYC. Se espera que la SMV y la SBS se involucren más activamente entre 2025 y 2026. En paralelo, la SUNAT ya actúa con base en la normativa vigente de activos intangibles.
Los contribuyentes que se anticipen y mantengan sus operaciones claras y documentadas no solo evitarán sanciones, sino que también podrán aprovechar el entorno cripto con tranquilidad. El cumplimiento fiscal es clave para acceder a servicios financieros, préstamos, y escalar tus actividades sin restricciones.
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